INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

    

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DCS-B/032/07

México D.F., 08 de julio de 2007


BOLETÍN DE PRENSA

   

ORDENA EL INFODF AL FIMEVIC ABRIR SUS ARCHIVOS Y ENTREGAR INFORMACIÓN EN COPIAS SIMPLES

 

  • Es el primer recurso de revisión presentado contra el FIMEVIC que, admitido por el InfoDF, es resuelto en el Pleno.
  • La resolución, en apego a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, podría implicar más de dos millones de copias.

Por cinco votos a favor y uno en contra, el Pleno del InfoDF determinó modificar la respuesta que el Fideicomiso para el Mejoramiento de las Vías de Comunicación del Distrito Federal (Fimevic), había otorgado a una ciudadana que solicitó información en copias simples a través de 17 preguntas planteadas a dicho organismo.

La solicitante pidió, entre otros documentos, copias de todos los archivos y expedientes de cada una de las licitaciones de obra, bienes y servicios, invitaciones restringidas y adjudicaciones directas; copias de contratos, convenios y acuerdos de voluntades de obra pública finiquitados y en proceso de finiquito, así como de documentos y oficios tramitados ante la Secretaría de Finanzas.

La recurrente también solicitó la documentación correspondiente a cuentas bancarias de personal y proveedores con nombre de beneficiario, número de cuenta, depósitos e ingresos; asimismo pidió que se le informara sobre cuáles y en qué consisten los juicios administrativos, laborales y de amparo tramitados y el estado que guardan.

Sólo en tres de las 17 respuestas la recurrente no presentó inconformidad; las 14 que fueron recurridas, el InfoDF ordenó que se entregue la información en copias simples, como lo había solicitado la interesada, ya que el FIMEVIC argumentó que, debido al volumen de información que implica casi todo su archivo técnico, se veía imposibilitado a entregar las copias dentro de los plazos legales, además de que significaría ocupar una gran cantidad de recursos humanos en la tarea exclusiva de la búsqueda y preparación de la información. 

Cabe señalar que el Ente Público ofreció a la interesada la posibilidad de consultar la documentación solicitada, con excepción de la que se encuentra restringida por la Ley, lo que aceptó la recurrente pero insistió en que la información le fuera entregada en la modalidad solicitada.

Durante el análisis de la resolución propuesta, la mayoría de los Comisionados reconoció que se trataba de una tarea ardua pero decidieron privilegiar el mandato de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal que, sin marcar límite alguno, señala que la información debe entregarse en la modalidad planteada por quien la solicita.

Reconocieron también que los documentos que el FIMEVIC deberá entregar, previo pago de 57 centavos por cada copia, podrían implicar más de dos millones de fojas.

El Instituto también ordenó al FIMEVIC que informe a la solicitante sobre los diversos recursos públicos que por cualquier concepto haya depositado a personas físicas o morales, señalando expresamente el nombre de dichas personas. El Pleno consideró que son confidenciales los números de cuentas bancarias de particulares y proveedores, por lo que dicha información debe permanecer restringida.

En lo que respecta a la información sobre juicios administrativos, laborales y de amparo, el Instituto ordenó que se le entregue la información, al considerar que no puede ser calificada como reservada.

Debido al volumen de documentos que el FIMEVIC deberá contabilizar primero y copiar después, el Instituto otorgó a ese Ente Público un plazo de 40 días para la contabilización y clasificación de la información solicitada y 40 días más para realizar el trabajo de copiado, previo pago de los derechos por reproducción de la información.

Se trata del primer recurso de revisión presentado contra una respuesta otorgada por el FIMEVIC que, admitido por el InfoDF, es analizado y resuelto en el Pleno de este órgano colegiado, mismo que anteriormente había decidido sobre un recurso presentado contra dicho Fideicomiso en el desaparecido CONSÍ.       

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