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Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México

Boletín: DCS/082/16 / Publicado por: Dirección de Comunicación Social / México, DF, a 08 de junio de 2016
EL FONDO AMBIENTAL PÚBLICO ES COMPETENTE PARA INFORMAR SOBRE PROBLEMAS DE CONTAMINACIÓN

El Fondo Ambiental Público del Distrito Federal (FAP) deberá entregar a un particular la información relacionada con la contaminación de ríos y cuerpos de agua; disposición de residuos sólidos y basura; plantas de agua y su tratamiento; situación de los rastros, fabricas o empresas con actividad industrial, así como drenaje, minas y tala no controlada, consideró el Pleno del INFODF.

Los comisionados ciudadanos del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal (INFODF), durante su sesión ordinaria de este miércoles analizaron un recurso de revisión interpuesto por un particular quien realizó 17 requerimientos de información a las autoridades del FAP, sobre efectos negativos de la contaminación en diversos ambientes y acciones para mitigarlos.

El solicitante pidió datos sobre los daños al medio ambiente detallando origen y características de cada uno, puntos geográficos donde se presentan, si existen ríos o cuerpos de agua contaminados, tipo de contaminación y su origen, puntos de disposición de residuos sólidos, rellenos sanitarios o basureros a cielo abierto, volumen anual de basura en rellenos sanitarios y a cielo abierto, plantas de tratamiento de aguas residuales, capacidad y el volumen total de agua tratada en 2015.

Asimismo, requirió saber cuántos rastros operan en la entidad y sus procesos; cuántas fábricas o empresas con actividad industrial trabajan en la ciudad, así como el volumen de la tala legal y no controlada, entre otros.

Las autoridades responsables del FAP consideraron que no eran competentes y canalizaron la solicitud de información a las secretarías de Desarrollo Económico, de Obras y Servicios, del Medio Ambiente y el Sistema de Aguas de la Ciudad de México.

El solicitante se inconformó con la respuesta y por ello interpuso un recurso de revisión ante el INFODF donde argumentó que la dependencia se limitó a canalizar su solicitud a otras dependencias sin haber realizado una búsqueda exhaustiva como lo establece la Ley de la materia, por lo que consideró que se viola su derecho de acceso a la información pública.

Al analizar la normatividad correspondiente se determinó que el Fondo Ambiental Público cuenta con atribuciones para manifestarse sobre lo requerido por el particular, y debió pronunciarse además de la canalización a las instituciones competentes.

Por lo anterior, el Pleno del INFODF determinó modificar la respuesta para que el organismo ambiental se pronuncie sobre la información solicitada de conformidad con sus atribuciones, además de orientar al particular a que presente su solicitud a cada una de las delegaciones políticas ya que también se pueden pronunciar al respecto.

Durante la sesión de este miércoles se resolvieron 29 recursos de revisión en materia de acceso a la información, uno de datos personales y se aprobó el Proyecto de Acuerdo sobre el Programa “Juventudes en Línea” y sus reglas de operación 2016.

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