Info CDMX

Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México

Boletín: DCS/100/16 / Publicado por: Dirección de Comunicación Social / México, DF, a 05 de julio de 2016
LA SSP DEBE ACLARAR TEMA DE VIDEOGRABACIONES HACIA LOS ELEMENTOS POLICIACOS: INFODF

La Secretaría de Seguridad Pública (SSP) de la Ciudad de México deberá responder de manera clara y fundada, si un ciudadano puede videograbar a un policía de tránsito o seguridad pública en el ejercicio de sus funciones, determinó el Pleno del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal (INFODF).

Un particular solicitó el fundamento legal que impide videograbar a un policía de tránsito o seguridad pública en el ejercicio de sus funciones, dado que es un servidor público obligado a rendir cuentas.

La dependencia informó que de acuerdo con la Ley de Seguridad Nacional “la persona que por algún motivo participe o tenga conocimiento de productos, fuentes, métodos, medidas u operaciones de inteligencia, registros o información derivados de las acciones previstas en dicha Ley, debe abstenerse de difundirlo por cualquier medio y adoptar las medidas necesarias para evitar que lleguen a tener publicidad”.

El particular quedó inconforme con la respuesta e interpuso un recurso de revisión, ante el INFODF con el argumento de que su solicitud no fue contestada, ya que pidió las razones por las que no se puede grabar a un elemento de tránsito o seguridad en vía pública en ejercicio de sus atribuciones. Sin embargo, la Secretaría respondió sobre el tratamiento de las grabaciones que los policías obtienen en el ejercicio de sus atribuciones.

Al analizar el caso, los comisionados ciudadanos del INFODF revocaron la contestación de la Secretaría al considerar que ésta no respondió la solicitud de información en los términos requeridos.

La comisionada ciudadana Elsa Bibiana Peralta Hernández explicó que la dependencia en ningún momento da contestación a la solicitud en cuanto a las razones por las que no se puede grabar a un policía en el ejercicio de sus atribuciones y sólo menciona los fundamentos legales para la utilización de equipos tecnológicos así como la difusión de la información captada a través de ellos.

El comisionado ciudadano Luis Fernando Sánchez Nava coincidió con la argumentación y dijo que en aras de la máxima publicidad se debe revocar la respuesta ya que no existe una restricción expresa para que un ciudadano pueda grabar en la calle a un servidor público.

Añadió que de acuerdo con la Ley de Responsabilidad Civil para la Protección del Derecho a la Vida Privada, establece que los servidores públicos tienen limitado su derecho al honor, a la vida privada y a su propia imagen como consecuencia del ejercicio de sus funciones sometidas al ejercicio público.

Al tomar la palabra, el comisionado ciudadano Alejandro Torres Rogelio destacó que el Ente debe atender la solicitud y agregó que en la Constitución en su artículo sexto garantiza la libre expresión de las personas por lo que está justificado que la gente pueda grabar a un servidor público.

De igual forma citó la Ley de Responsabilidad Civil para la Protección del Derecho a la Vida Privada, el Honor y la Propia Imagen en donde se precisa que la imagen de una persona no puede ser publicada o replicada a menos que desempeñe un cargo público o una función que sea de interés público.

Torres Rogelio recordó que en las últimas semanas se han desarrollado diversas manifestaciones en la calles de la Ciudad de México en las que se ha grabado y difundido el actuar de las corporaciones policiacas como documentos testimoniales.

El comisionado presidente del INFODF, Mucio Israel Hernández Guerrero aclaró que el derecho que la grabación de imágenes de servidores públicos sólo aplica a los ciudadanos.

Por lo anterior, en votación unánime, el Pleno determinó revocar la respuesta de la Secretaría de Seguridad Pública.

En otro asunto, el Pleno del INFODF resolvió el primer recurso de revisión conforme a las nuevas normas de transparencia y acceso a la información pública, donde ordenó a la Secretaría de Movilidad atender una solicitud en la que un particular pidió datos sobre los programas para personas con discapacidad en los diferentes medios de transporte.

Los comisionados ciudadanos determinaron que existió una omisión de respuesta por parte de la dependencia y conminaron a todos los servidores públicos que deben redoblar los esfuerzos para atender todos los requerimientos, a pesar de darse problemas tecnológicos.

Durante la sesión ordinaria de este miércoles se resolvieron más de 41 recursos de revisión en materia de acceso a la información pública y uno de datos personales.

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