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Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México

Boletín: DCS/020/17/ Publicado por: Dirección de Comunicación Social / México, DF, a 09 de febrero de 2017
EL METRO DEBERÁ INFORMAR QUÉ EMPRESAS SON LAS ENCARGADAS DE  DESPLEGAR PUBLICIDAD EN SUS INSTALACIONES

El Sistema de Transporte Colectivo (STC) deberá informar el nombre de la empresa o empresas que adquirieron los derechos para desplegar publicidad dentro de las instalaciones del Metro de la Ciudad de México, determinó el Pleno del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal (INFODF).

En sesión pública de este jueves, los comisionados ciudadanos del Instituto abordaron un recurso de revisión de un particular que solicitó información sobre el monto total por la publicidad desplegada en las instalaciones del Metro, de un diputado del Estado de México.

Asimismo, solicitó el nombre de la empresa o empresas que adquirieron los derechos para comercializar los espacios del Metro; copia del contrato o los contratos celebrados; así como copia del depósito o los depósitos que comprueben el pago del servicio otorgado.

El STC indicó que de acuerdo con la Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público, el Gobierno de la Ciudad de México otorga permisos administrativos temporales revocables a particulares, a efecto de que se aprovechen espacios en bienes del dominio público, como es el caso del Metro.

Añadió que con base en dicha normatividad, el Comité de Patrimonio Inmobiliario (CPI), otorgó a la empresa ISA Corporativo, S.A. de C.V., un Permiso Administrativo Temporal Revocable para explotar publicidad en los espacios publicitarios propiedad del STC y suscribir contratos publicitarios con terceros.

Por ello, orientó al particular para que presente su solicitud ante la Oficialía Mayor, ya que es la instancia facultada para supervisar las actividades publicitarias de esa permisionaria.

El solicitante quedó inconforme con la respuesta y presentó un recurso de revisión ante el INFODF donde manifestó que no se le proporcionó la información de su interés.

Durante el análisis del recurso, el Pleno determinó revocar la respuesta y ordenó al STC pronunciarse respecto de cada uno de los cuestionamientos realizados por el particular, fundando y motivando en caso de no contar con la información.

Durante la sesión, se resolvieron más de 40 recursos de acceso a la información y uno de datos personales.

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