Resoluciones definitivas que se dictan en procedimientos seguidos en forma de juicio.
Área responsable de emitir la información: Dirección Jurídica y Desarrollo Normativo y Contraloría.
En esta fracción se publican versiones públicas de las resoluciones que ha emitido el Pleno del INFODF, en los recursos de revisión interpuestos ante este Órgano de transparencia.
Asimismo, en su caso, se publicarán las resoluciones definitivas emitidas dentro de un expediente derivado de un procedimiento disciplinario de responsabilidades de los servidores públicos, en el que se determina la comisión de conductas constitutivas de responsabilidad administrativa y en su caso la sanción correspondiente, información que se encuentra en resguardo de la Contraloría y disponible, en su caso, de conformidad con la hipótesis normativa en la que se coloque de las fracciones VIII y IX del artículo 23 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
- Recursos de revisión, resoluciones definitivas emitidas.
Unidad Administrativa responsable de emitir la información: Dirección Jurídica y Desarrollo Normativo.
- Resoluciones definitivas emitidas dentro de un expediente derivado de un procedimiento disciplinario de responsabilidades de los servidores públicos.
Área responsable de emitir la información: Contraloría
RECURSOS DE REVISIÓN
RESOLUCIONES DEFINITIVAS
El INFODF tiene entre sus atribuciones las de investigar, conocer y resolver los recursos de revisión que se interpongan contra los actos y resoluciones dictados por los entes públicos con relación a las solicitudes de acceso a la información, protegiéndose los derechos que tutela la presente Ley.
Nota: Las resoluciones de los recursos de revisión serán incorporadas a este portal 30 días hábiles posteriores a su aprobación por el Pleno del InfoDF, debido al proceso de engrose y notificación de las mismas, así como por el término para la presentación, en su caso, de la demanda de amparo, de conformidad con lo establecido por el artículo 21 de la Ley de Amparo, salvo cuando este Instituto tenga conocimiento de la interposición de un juicio de amparo.