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Artículo 25. Toda información que brinden los Entes Obligados, respecto a la ejecución de obra pública por invitación restringida, deberá precisar: I. El monto; II. El lugar; III. El plazo de ejecución; IV. La identificación del Ente Obligado ordenador y responsable de la obra; V. El nombre del proveedor, contratista o de la persona física o moral con quienes se haya celebrado el contrato, y VI. Los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo en su caso, estudios de impacto ambiental y sísmico. Unidad administrativa responsable de emitir la información: Dirección de Administración y Finanzas Fecha de actualización: 31 de diciembre de 2012 Fecha de validación: 15 de enero de 2013
Dentro de sus atribuciones y actividades, el InfoDF no realizó obra pública durante el año 2011. Dentro de sus atribuciones y actividades, el InfoDF no realizó obra pública durante el año 2012 ni lo ha hecho hasta la fecha de la presente publicación. |