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Instituto de Acceso a la Información Pública
y Protección de Datos Personales del Distrito Federal

Artículo 25 PDF Imprimir

Artículo 25. Toda información que brinden los Entes Obligados, respecto a la ejecución de obra pública por invitación restringida, deberá precisar:

I. El monto;
II. El lugar;
III. El plazo de ejecución;
IV. La identificación del Ente Obligado ordenador y responsable de la obra;
V. El nombre del proveedor, contratista o de la persona física o moral con quienes se haya celebrado el contrato, y
VI. Los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo en su caso, estudios de impacto ambiental y sísmico.

Unidad administrativa responsable de emitir la información: Dirección de Administración y Finanzas

Fecha de actualización: 31 de diciembre de 2012
Fecha de validación: 15 de enero de 2013

 


Dentro de sus atribuciones y actividades, el InfoDF no realizó obra pública durante el año 2011.
 
Dentro de sus atribuciones y actividades, el InfoDF no realizó obra pública durante el año 2012 ni lo ha hecho hasta la fecha de la presente publicación.