A partir del 1º de octubre próximo el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal (InfoDF) llevará a cabo la evaluación de los sistemas de datos personales en poder de los entes públicos del Gobierno del Distrito Federal conforme a los criterios y metodología aprobados hoy por el Pleno del Instituto.
El Acuerdo aprobado establece que los entes públicos que tengan sistemas de datos personales inscritos en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales (RESDP) deberán modificar la información registrada, de acuerdo a los nuevos criterios, antes del 30 de septiembre del año en curso, en el entendido de que las modificaciones realizadas deberán cumplir con lo establecido en el artículo 7 de la Ley de Protección de Datos Personales del Distrito Federal (LPDPDF); esto es, publicar en la Gaceta Oficial del DF todas las modificaciones que se realicen a dichos sistemas.
Al dar su voto favorable a los nuevos Criterios y metodología de evaluación para la obtención del Índice de Calidad de la Información inscrita en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales, el comisionado presidente del InfoDF, Oscar Guerra Ford, dijo que con estos criterios se podrá pasar de la evaluación cuantitativa a la cualitativa, lo que permitirá sin duda mejorar la protección de los datos personales que tiene el gobierno bajo su resguardo.
El comisionado David Mondragón Centeno señaló que estos criterios y metodología de evaluación significan una mayor certeza jurídica, tanto para el órgano garante como para los entes públicos, que sabrán cómo y qué se va a medir, pero sobre todo para el ciudadano, que tendrá seguridad sobre la forma en que se cuidan y protegen sus datos personales.
El comisionado Mucio Israel Hernández Guerrero, destacó que con la aprobación de este Acuerdo se ha iniciado un importante camino para la protección de los datos personales. Se ha hecho un esfuerzo especial, agregó, porque sean muy transparentes los criterios, la metodología y la evaluación. “Con los resultados de este análisis tendremos más elementos para ejercer una mayor protección de los datos personales”.
Los 45 criterios aprobados, en términos generales, están dirigidos a identificar con precisión la nomenclatura y finalidad de cada sistema de datos personales, quiénes son los responsables de los mismos en cada ente público y cuál es la unidad administrativa en la que recae la operación de dicho sistema, entre otros aspectos. Todo ello a fin de que el titular los datos personales conozca en dónde se encuentran y qué tratamiento se les da.
Por ejemplo, que el nombre o denominación del sistema de datos personales registrado corresponda con la finalidad y uso previsto de dicha información recabada, que se omita el uso de acrónimos, siglas, abreviaturas, nombres propios o de áreas administrativas y sistemas operativos o aplicaciones informáticas.
También, que la finalidad del sistema de datos personales describa el razonamiento jurídico y los procedimientos que motivan la recolección de datos personales, por ejemplo, para el uso de programas sociales, trámites o servicios, y que coincida con, al menos, una de las funciones o atribuciones del área.
A la fecha se tienen inscritos un total de 2 mil 12 sistemas de datos personales en el RESDP.
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