El Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal (InfoDF) se ha pronunciado en diversas ocasiones porque se brinde a la sociedad toda la información sobre la Supervía Poniente, pues aunque se trate de una concesión a particulares, hay datos de carácter público como los relativos al Título de Concesión, información financiera de la obra y las garantías de cumplimiento de la empresa.
Así lo señaló el comisionado presidente del InfoDF, Oscar Guerra Ford, en la vigésimo séptima sesión ordinaria del Pleno, en la que se analizaron los recursos de revisión 1114 y 1120/2011, y se resolvió ordenar a la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal conceder a un particular acceso a todos los anexos del Título de Concesión de la Supervía Poniente.
En el caso de los anexos que contienen información restringida, como los que se refieren a los recursos privados involucrados en el financiamiento de las obras, el ente obligado deberá elaborar una versión pública.
También deberá dar acceso a información que se refiere a las garantías de cumplimiento de los concesionarios, como el dictamen de adjudicación directa autorizado, el importe del contrato, la póliza y el contrato de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros y el importe total considerado para la obra pública, así como el nombre del director responsable de la firma de planos.
Es importante señalar que el 31 de agosto del año pasado, el InfoDF resolvió los recursos de revisión 1114 y 1120/2011 acumulados y ordenó la entrega de información sobre la construcción de la Supervía Poniente; sin embargo, la empresa Controladora Vía Rápida Poetas, S.A.P.I. de C.V., concesionaria de la obra, consideró afectados sus intereses y, en su carácter de tercero interesado, promovió un juicio de amparo contra la resolución del InfoDF.
La juez cuarta del Centro Auxiliar de la Primera Región determinó otorgar el amparo al tercero interesado a efecto de que el InfoDF dejara sin efectos la resolución del 31 de agosto y dictara una nueva, la cual podría ser en el mismo sentido o en uno diferente, pero aportando una mejor motivación y fundamentación, lo que ocurrió durante la sesión plenaria de este miércoles.
Adicionalmente, el instituto desea realizar las siguientes precisiones:
- El 31 de agosto de 2011, el pleno del Infodf aprobó los Recursos de Revisión 1114/2011 y 1120/2011 en los cuales se ordenó a la Oficialía Mayor del Gonierno del Distrito Federal entregar diversa información sobre la construcción de la Supervía Poniente que le había sido requerida por un particular mediante solicitud de acceso a información pública, entre ella la relativa a los Anexos del Título de Concesión.
- Ante dicha resolución, la empresa Controladora Vía Rápida Poetas S.A.I.P. de CV promovió un amparo, en su calidad de tercera interesada, por considerar que dicha resolución le afectaba. Por tal motivo, la Oficialía Mayor del GDF estuvo imposibilitada a proporcionar la información en tanto no se resolviera en definitiva el amparo.
- El Juzgado de Distrito determinó otorgar el amparo a la empresa para el efecto de que se emitiera una nueva resolución por parte de este Instituto en la que se fortaleciera la fundamentación y motivación de la misma.
- En su sesión de este miércoles, el pleno del Instituto dio cumplimiento a la sentencia de amparo, emitiendo una nueva resolución en la que ordenó la entrega de los Anexos del Título de Concesión relacionados con la construcción de la Supervía Poniente, previa clasificación de la información de carácter confidencial en términos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
- La resolución aprobada hoy ya fue comunicada a la Oficialía Mayor, al particular que solicitó la información, así como a la empresa que funge como tercer interesado, por lo cual, a partir del viernes, la Oficialía Mayor tiene 10 días hábiles para entregar la información, siempre y cuando la resolución quede en firme; esto es, si la empresa no vuelve a ampararse sobre esta nueva resolución del InfoDF.
- Cabe mencionar que del 2010 al 2011, ha habido un número importante de solicitudes de información sobre la Supervía Poniente, que ascienden a 624; de éstas se han dado respuesta, en términos de ley, al 91.1 por ciento.
- En estos mismos años, los recursos de revisión (por inconformidad o ausencia de respuesta) resueltos por el InfoDF ascienden a 15; en todos estos casos se ha otorgado la información: dos por la confirmación de la respuesta; uno porque se sobreseyó, lo que quiere decir que durante el proceso de resolución se hizo entrega de la información al solicitante; y en el resto porque se dio cumplimiento a la orden del Instituto de entregar la información.
- Durante 2012 se han ingresado 94 solicitudes de información sobre este tema y en ninguna de ellas se ha interpuesto un recurso de revisión a la respuesta otorgada.
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