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Instituto de Acceso a la Información Pública
y Protección de Datos Personales del Distrito Federal

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Se da vista a la Contraloría General contra la PGJDF por violación a la Ley de Datos PDF Imprimir
InfoDF da vista a la Contraloría General contra la PGJDF por violación a la ley de datos personalesBoletín: CI-B/069/11
04 de julio de 2011

Tuvo que retirar de su portal un comunicado de prensa en el que informaba datos personales de una presunta responsable de un delito

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Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal

Coordinación de Información
Tel. 5636-2120 / exts. 141 y 162 
CI-B/069/11

México D.F., 04 de julio de 2011

 

COMUNICADO DE PRENSA
 

INFODF DA VISTA A LA CONTRALORÍA GENERAL CONTRA LA PGJDF POR VIOLACIÓN A LA LEY DE DATOS PERSONALES

 

  • Tuvo que retirar de su portal un comunicado de prensa en el que informaba datos personales de una presunta responsable de un delito

INFODF DA VISTA A LA CONTRALORÍA GENERAL CONTRA LA PGJDF POR VIOLACIÓN A LA LEY DE DATOS PERSONALES

Por violación a los principios de confidencialidad y seguridad de la Ley de Protección de Datos Personales (LPDP), en relación con una persona detenida como presunta responsable de un delito, la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF) recibirá una recomendación y una vista a la Contraloría General del gobierno capitalino por parte del Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal (InfoDF).

Al aprobar el informe de resultados de la investigación DDP/002/2011, realizada por la Dirección de Protección de Datos Personales del InfoDF  a petición de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal , el Pleno del Instituto consideró una infracción a la LPDP el hecho de que en un boletín de prensa, la PGJDF haya consignado el domicilio particular de la persona detenida.

Al momento de ser recibida la queja, el Instituto ordenó de manera inmediata que fuera retirada del Portal de Internet de la Procuraduría la información publicada, en tanto se resolvía de manera definitiva el asunto.

La investigación arrojó, sin embargo, que con base en el artículo 11 de la LPDP y en el Acuerdo A-0010/2002 del Procurador de Justicia del DF, sí fue lícito que en este caso el sujeto obligado diera a conocer en su comunicado de prensa el nombre, la edad, fotografía y el domicilio donde presumiblemente se cometió el delito, así como las circunstancias de la detención.

Respecto a la difusión del domicilio particular donde se realizó la detención de la quejosa se concluyó que sí existió violación a los principios de confidencialidad y seguridad puesto que este sitio no guarda relación alguna con el lugar donde se suscitaron los hechos presumibles de delito.

 

En el proceso de investigación se determinó que la Procuraduría transgredió el principio de temporalidad de la Ley de Protección de Datos Personales al mantener la información publicada en su portal de Internet por un plazo que excedió al necesario para la integración de la averiguación previa.

También se detectó que omitió inscribir el Sistema de Averiguaciones Previas en el Registro de Sistemas de Datos Personales del Instituto y, al rendir de manera extemporánea el informe que se les requirió, la Procuraduría incurrió en la una infracción prevista en la LPDP.

Por ello, el Pleno del InfoDF, emitirá una recomendación a la PGJDF para que en un plazo no mayor de diez días (a partir del momento en que surta efecto la notificación) inscriba el Sistema de Averiguaciones Previas en el Registro habilitado por el Instituto y elabore un documento en el que haga constar las medidas de seguridad que implementará para asegurar que sólo el personal facultado para ello pueda acceder a los datos personales contenidos en el Sistema.

 

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