Info CDMX

Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México

Boletín: DCS/117/17/ Publicado por: Dirección de Comunicación Social / Ciudad de México 10 de septiembre de 2017
Los recursos de revisión promovidos ante el INFODF son una herramienta que garantiza el acceso a los datos públicos de los solicitantes: Sánchez Nava.


La Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México (PGJ) informó que en la década comprendida del 2007 a 2017, la 59 Agencia Investigadora del Ministerio Público, dependiente de la Fiscalía Central de Investigación para la Atención de Niños, Niñas y Adolescentes, inició 27 mil 558 averiguaciones previas por diversos delitos donde estuvieron involucrados menores de edad.

Lo anterior derivó de una respuesta a una solicitud de información pública analizada por el Pleno del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal (INFODF).

Un particular requirió a la PGJ el número de menores de edad que están o han estado bajo la tutela de la Procuraduría capitalina, cuántas averiguaciones previas y carpetas de investigación relacionadas con menores de edad estaban o han estado en tutela de esa dependencia, así como los números y claves de identificación de cada una de ellas.

En una primera respuesta, la PGJ indicó que no era el órgano competente de tutelar a los menores de edad, por lo que remitió la solicitud al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México (DIF) y a la Junta de Asistencia Privada capitalina.

Inconforme con la atención otorgada, el solicitante presentó un recurso de revisión ante el INFODF con el argumento de que no se le entregó la información pedida.

Luis Fernando Sánchez Nava, Comisionado Ciudadano del INFODF, resaltó la importancia de que en la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, que tenía un poco más de un año de haber entrado en vigor, se incluyera como una obligación a cargo del Poder Ejecutivo local, donde encuadraba la Procuraduría, el tener que publicar en sus sitios de internet, las estadísticas e índices delictivos, así como los indicadores de procuración de justicia, al tratarse de datos públicos de interés colectivo.

En una respuesta complementaria y cumpliendo con la máxima publicidad, la PGJ sostuvo a través de su Fiscalía Central de Investigación para la Atención de Niños, Niñas y Adolescentes, que se brindaba atención a los menores de edad que pudieran ser parte o víctimas de algún delito, pero que no quedaban bajo su tutela; por lo que únicamente podía proporcionar el número de averiguaciones previas y carpetas de investigaciones.

En dicha respuesta, la Procuraduría le proporcionó al particular unas tablas con cifras donde especificó el número de averiguaciones previas iniciadas y recibidas, las carpetas informativas, todo en la 59 Agencia Investigadora:





Después de analizar el asunto, el Pleno del INFODF determinó que la respuesta complementaria emitida durante el trámite del recurso de revisión, era suficiente para sobreseerlo.

Sánchez Nava dijo que los recursos de revisión promovidos ante el INFODF servían como una herramienta aliada de los solicitantes de información pública, al fungir como un medio que les garantizaba el acceso a los datos públicos en posesión de los sujetos obligados de la Ciudad de México.

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