Info CDMX

Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México

Boletín: DCS/125/15 / Publicado por: Dirección de Comunicación Social / México, DF, a 16 de agosto de 2015
PIDEN AL STC METRO INFORMACIÓN SOBRE CONDUCTORES DE TRENES SANCIONADOS

El Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal (INFODF) le ordenó al Sistema de Transporte Colectivo Metro (STC) que le proporcione a una persona, los motivos de las sanciones o inhabilitaciones resultado de los procesos administrativos concluidos con resolución firme, respecto a conductores de trenes que operaron los convoyes bajo el influjo de alcohol o drogas, o por ir realizando alguna actividad ajena a la conducción del tren.

Dicha orden derivó de una solicitud de información pública donde se le pidió al STC un reporte del número de conductores de trenes que fueron sancionados, por ir conduciendo en las condiciones descritas en el periodo comprendido del 1 de enero de 2010 al 1 de mayo de 2015, precisando los nombres de los servidores públicos, grado del cargo, años de servicio en el Metro, motivos de la sanción o inhabilitación y resultado del proceso disciplinario o sancionatorio.

Como respuesta, el Ente Obligado informó que eran 108 conductores sancionados por diversas causas, estando imposibilitado para proporcionar los nombres y años de servicio, al tratarse de información confidencial.

Inconforme con la respuesta, el particular presentó un recurso de revisión ante el INFODF, porque no se le informaron los motivos de las sanciones o inhabilitaciones de los conductores sancionados.

Luis Fernando Sánchez Nava, Comisionado Ciudadano del INFODF, señaló que conocer la información relacionada con sanciones administrativas cometidas por servidores públicos, contribuye a que la sociedad conozca de las faltas cometidas por éstos, al incurrir en actos u omisiones en el desempeño de sus funciones.

Una vez analizado el asunto, el Pleno del Instituto, determinó modificar la respuesta impugnada y ordenar la entrega de la información solicitada en los términos previamente mencionados.

Sánchez Nava destacó la utilidad de que las personas conozcan que los servidores públicos que cometen actividades irregulares en su encargo, pueden ser sujetos a sanciones administrativas, como suspensión o destitución del puesto, inhabilitación para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público, amonestación pública o privada, así como sanciones económicas; por lo que es necesario que se cuestione a las dependencias sobre los procedimientos instaurados en contra de sus trabajadores y los resultados obtenidos, máxime si se trata de la prestación de un servicio de transporte público, como el que otorga el Metro.

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